miércoles, 7 de agosto de 2024

Tal Día como Hoy: normativa en días festivos.

Un día como hoy, 7 de agosto, pero de 1867, el entonces alcalde de Valenzuela, D. Tomás Almodóvar López de Gonzalo, y el cura párroco, D. Ramón León y Marín, se reúnen para acordar las normas en relación al cumplimiento y observancia de las festividades religiosas marcadas por su Santidad, el Papa Pio IX, el 2 de mayo de ese mismo año.

Estas fiestas eran Semana Santa, el día de los apóstoles San Pedro y San Pablo, el día de Santiago, el día de la Asunción, y los que marcase el arzobispo de cada diócesis. Pues bien, durante esas fiestas se ordena que:

  • Los talleres permanezcan cerrados, a no ser que ocurra un trabajo extraordinario o urgente. Los herreros herrarán las caballerías a primera hora de la mañana. Las barberías podrán estar abiertas pero sólo hasta las 12 de la mañana y nunca en hora de Misa mayor.
  • Se prohíbe el comercio en los días de fiesta, a excepción de tiendas de bebidas y comestibles, siempre y cuando cierren en la hora de Misa mayor, o durante la celebración de los divinos oficios de Semana Santa.
  • Se prohíbe toda clase de trabajos en el campo durante los días festivos. En época de sementera y recolección se expedirá la correspondiente licencia por parte de las autoridades civiles o eclesiásticas.
  • Se hace una excepción con los considerados "trabajos de urgencia y precisión", que son el riego de las patatas, las hortalizas y los panizos, aunque con la obligación de ir a misa.


Trabajadores de Valenzuela descansando durante la recogida
de la aceituna.

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